¿Qué reformas se han de homologar ?
– Cambio de neumáticos no equivalentes que superen el 3% del diámetro original.
– Cambio de llantas y que exista compatibilidad con los neumáticos
– Instalación de cualquier tipo separador de rueda.
– Modificación de cualquier dispositivo de alumbrado y señalización (han de tener contraseña de homologación europea y marcado que indica el tipo de luz al que pertenece el dispositivo).
– Modificaciones que afecten al sistema de frenado como discos de freno de mayores dimensiones, rayados, ventilados o perforados, latiguillos metálicos o pinzas de freno de mayor tamaño.
– Cambio de suspensión (muelles, amortiguadores, suspensión neumática…).
– Acondicionamiento interior (cambio de volante que supere el 10% del diámetro original que no disponga de airbag , asientos que casen en sujeciones originales y tengan documentación de homologación, relojes, barras antivuelco(estas últimas consultar antes de instalarlas puesto que no son aptas para todos los vehículos)).
– Accesorios exteriores en la carrocería (paragolpes delanteros-traseros, aletines, estriberas, alerones, entradas de aire…).
– Sustitución del motor por otro de mayor potencia y que los puntos de sujeción del nuevo bloque de motor casen son los puntos de anclaje del chasis original sin ningún tipo adaptación artesanal.
– Instalación de protectores de bajos, cubre-cárter y protectores de suspensión.
– Barra led y su soporte
– Cabrestante
– Soporte de rueda de repuesto
– Snorkel
– Barra antiempotramiento